| 30 de Mayo de 2010
Si somos de los afortunados que han conseguido percibir la Renta Básica de Emancipación, sin morir en el intento, tenemos que tener en cuenta otro susto.
La RBE está sujeta a retención de IRPF, por tanto, debemos de declararla en la campaña de renta de este año.

Os contamos los detalles, ya que seguramente estéis obligados a declarar, y el incumplimiento conlleva la pérdida de la ayuda.
Todas las personas que tengas dos o más pagadores y superen la cantidad de 1000 € están obligados a declarar.
Si no estás al corriente de pago del IRPF pierdes la percepción de la ayuda.
A si que, si estamos trabajando (requisito indispensable para la RBE) y cobramos al menos 5 mensualidades de la RBE, tendremos que declarar para no perder la ayuda.
El importe percibido por este concepto irá en la casilla 312, ganancias patrimoniales no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales.
Cuanto mayor sea la suma entre los importes que hayamos percibido (RBE, intereses, sueldo) mayor será la retención que se aplique sobre la RBE.
Por otro lado, tendremos que mirar, si se nos aplica alguna deducción por alquiler, ya sea autonómica o estatal. Aplicando estas deducciones, lo mas probable es que la declaración salga a devolver.






